Paralización del proceso electoral 2020 ante la situación del Estado de Alarma

Paralización del proceso electoral 2020 ante la situación del Estado de Alarma

Estimados colegiados:

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha traído consigo la suspensión de todos los plazos administrativos, a tenor de lo dispuesto en su Disposición Adicional 3ª. Ello supone la suspensión del procedimiento electoral convocado para la renovación de la Junta de Gobierno, dado que el Colegio es un ente de naturaleza jurídica pública al que se aplican supletoriamente estas normas.

El Estado de Alarma se acordó por un plazo de 15 días (art. 3), si bien la propia D.A. 3ª en su apartado primero preveía posibles prórrogas, que se han ido acordando. Hay que tener en cuenta que en la citada Disposición Adicional citada se establece “1. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”.

Así pues os informamos de esta situación y de la consecuente paralización del procedimiento electoral. Así, cuando pierda vigencia el Real Decreto, la Junta  Electoral solicitará de la  Junta de Gobierno que apruebe un nuevo calendario electoral con las nuevas fechas de cada fase.

Esto significa que el procedimiento electoral iniciado se paralizó y los plazos dejaron de correr (es como si el reloj se parase), hasta que, pasada esta emergencia, el tiempo vuelva a correr y se establezcan unos nuevos plazos para todas las actuaciones.

En Oviedo a 16 de abril de 2020

El Presidente de la Junta Electoral